Inicio Internacional El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Bélgica por una ley...

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Bélgica por una ley que permite la eutanasia

303
0

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronunció el martes por «primera vez» sobre la legislación que autoriza la eutanasia, validando el procedimiento belga que conduce al acto de la eutanasia, pero condenando a Bruselas por «desacato».

El Tribunal afirma que su decisión «no se refiere a la existencia o no de un derecho a la eutanasia» en general, sino a la «compatibilidad» con el Convenio Europeo de Derechos Humanos de la eutanasia de una persona concreta.

En concreto, se trata de la madre de un demandante belga que sufría una profunda depresión desde hacía casi 40 años y deseaba renunciar a su vida. La mujer falleció en 2020, habiendo sido aprobadas sus peticiones que mostraban su deseo de dejar de vivir.

Leer:  Los rusos han dejado de exportar electricidad a Finlandia después de que el estado nórdico expresara su intención de unirse a la OTAN. Cómo están los habitantes

También es la «primera vez» que el TEDH «se pronuncia sobre la legislación que autoriza la eutanasia», comentó en Twitter Nicolas Hervieu, abogado especializado en derecho europeo.

«Aunque confirma la ausencia de un derecho a morir, el Tribunal considera que nada prohíbe la eutanasia, (si está) enmarcada en las garantías legales». añadió Hervieu.

El hijo de una mujer fallecida no sabía nada de la eutanasia de su madre

El demandante alegó que no le habían avisado de la eutanasia de su madre, de la que se enteró al día siguiente de su muerte, en abril de 2012.

Presentó una denuncia penal, finalmente desestimada por la Fiscalía, que consideró que la eutanasia «se llevó a cabo de acuerdo con las disposiciones dede» belga, añade el Tribunal.

Leer:  Los narcotraficantes causan estragos en México: 18 muertos en una redada, incluido el alcalde de la ciudad | VÍDEO

Al examinar las disposiciones de la ley belga sobre la eutanasia, en vigor desde 2002, el TEDH consideró que esas disposiciones que enmarcan «los actos y el procedimiento previos a la eutanasia» constituirían «en principio un marco legislativo adecuado para garantizar la protección del derecho a la vida de los pacientes, tal como exige el artículo 2 del Convenio, es decir, el derecho a la vida».

En cambio, los jueces destacaron la «rebeldía» en el «análisis a posteriori de la eutanasia practicada» realizado por una comisión federal para el control y la evaluación de la eutanasia: según el TEDH, la legislación no garantiza a este órgano una independencia suficiente, según ZiaruldeIași.ro.